Pilas: ¿Cuándo es la fecha límite para pedir el medio día libre de descanso por votar?

Le contamos qué hacer si le niegan esa jornada de descanso.

El pasado 29 de octubre Colombia celebró las elecciones regionales, donde se eligieron gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de ciudades y municipios, y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Más de 21.900.000 personas se acercaron a las urnas y dieron sus votos, por lo que pueden hacer uso de los beneficios que esto conlleva, entre los que se destaca el medio día libre de descanso. 

Esta ventaja estipulada en el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, establece que esto equivale a compensatorio «por el tiempo que (el votante) utilice para cumplir su función como elector». 

¿Cómo puede pedir el medio día de descanso? 

Con su certificación electoral puede hacer la solicitud del beneficio ante su empleador, gozando así de medio día de descanso remunerado dentro de su jornada habitual.  

Tendrá entonces que concertar con su superior o encargado la fecha y hora en la que no asistirá luego de presentar el certificado.  

¿Hasta cuándo puede pedir el descanso remunerado por votar? 

De acuerdo con a la Ley 403 de 1997, «el descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación», es decir, hasta 30 días calendario luego de votar. 

Por lo que, si las elecciones territoriales fueron el pasado 29 de octubre, la fecha límite es este 28 de noviembre de 2023. 

Recuerde que este beneficio solo lo pueden solicitar aquellas personas con una relación de trabajo debidamente formalizada mediante contrato laboral: a término fijo, indefinido, contrato de confianza, etc., señala ‘Urna de Cristal’.

¿Qué pasa si le niegan esa jornada de descanso? 

Dado que la jornada compensatoria de descanso remunerado concedida a los votantes es un beneficio respaldado por la ley, el empleador está obligado a reconocerla y no puede rechazarla.  

En caso de una posible negativa, los empleados de entidades públicas tienen la opción de presentar una acción de cumplimiento para hacer valer su derecho. 

Si se encuentra en esta situación y es empleado de una entidad pública, puede buscar asesoramiento en las personerías de su ciudad o municipio. 

En el caso de empleados de empresas privadas, tienen la posibilidad de presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo, detallando la situación. Además, también pueden recurrir a la jurisdicción laboral para formalizar su reclamo. 

EL CONUCO ACACÍAS
Síntesis de un compendio de información, cultural y noticiosa. Alternativa en radio, solo para personas de buen gusto 'Como usted'. Una señal virtual emanada desde el corazón de la llanura colombiana.