Corte Constitucional falla contra ‘Westcol’ por mensaje de odio a población transgénero

Tribunal le ordena al influenciador hacer publicaciones sobre impactos de ‘posts’ discriminatorios.

Este viernes, ocho de marzo, la Corte Constitucional falló en contra del influenciador ‘Westcol’, cuyo nombre de pila es Luis Villa, y le ordenó realizar en un plazo de 120 horas (a partir de la notificación de la sentencia) «una publicación en cada una de sus redes sociales en la que informe a su audiencia los impactos negativos que tienen las publicaciones de discursos discriminatorios en la vida de las personas contra las que se dirigen».

Esto, por cuenta la decisión que tomó el alto tribunal en respuesta a una tutela interpuesta por José Francisco Montufar Rodríguez, quien reclamó por la supuesta vulneración de sus derechos a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad debido a un video del ‘influencer’ publicado en septiembre de 2022. Aquella grabación, que según el fallo fue publicada en YouTube y posteriormente eliminada, llevaba el título de “¿Y SI MI HIJO SALE TRANS?”.

«La Sala determinó que la publicación realizada por Luis Villa ‘Westcol’ efectivamente constituyó un discurso discriminatorio y de odio en contra del accionante y la población LGBTIQ+ y, en particular, contra la población transgénero», se lee en la sentencia, que revoca el fallo del Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué, del 8 de junio de 2023.

«El video generó un perjuicio al accionante, a la población LGBTIQ+ y transgénero, porque se difundió un mensaje de odio contra estas, lo cual implica reproducir una estigmatización continuada que perpetúa prejuicios estructurales y comúnmente difundidos. La estigmatización no puede ser subestimada porque además de vulnerar los derechos fundamentales a la identidad de género como manifestación del libre desarrollo de la personalidad, y su dignidad humana pone en riesgo la vida e integridad física de las personas LGBTIQ+ y la población transgénero», se lee en las consideraciones del alto tribunal.

A pesar de que Villa publicó en cierto momento un video presentando excusas por el contenido del video, la Corte Constitucional tuvo en cuenta el alcance que tiene en sus redes sociales y determinó que tanto la magnitud negativa y el impacto del mensaje «fue grave».

Por orden de la Corte, Westcol deberá participar de un curso o una jornada de capacitación y formación en derechos humanos de las personas LGBTIQ+ «conforme los programas ofertados por el Ministerio de Justicia y del Derecho en materia de derechos humanos de la población LGBTIQ+ y transgénero, o en su defecto acredite la gestión efectiva para la realización del mismo».

En su fallo, la Corte Constitucional también previno a la tecnológica Google LLC para que «garantice al interior de la plataforma YouTube y en su procedimiento, un trámite oportuno a denuncias sobre discursos de odio o cualquier otro discurso prohibido por la normativa constitucional e internacional y por los lineamientos o normas comunitarias establecidas por el mismo intermediario de Internet».

Hace unos días, el paisa arremetió en sus redes en contra de mujeres con sobrepeso.

 

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