Hallazgo fiscal de $113 millones por irregularidades en contrato de arrendamiento de nueva sede del ICA

 

Edificio de ICA en Google Street View con texto que dice: Hallazgo fiscal de $113 millones por irregularidades en contrato de arrendamiento de nueva sede del ICA.

Se detectó un posible favorecimiento a terceros y gestión antieconómica, concluye la Contraloría. 

Se habrían desconocido los principios de economía, transparencia y selección objetiva, al no adelantar el estudio de mercado requerido. 

El ICA arrendó sus nuevas instalaciones pagando más de lo que le valía el contrato de su sede anterior, por un sitio con un área menor, menos puesta de trabajo y parqueaderos. 

En la documentación remitida por el ICA, no se observa explicación jurídica ni técnica, en el sentido que la propuesta realizada por la empresa FAMOC, sea la mejor oferta costo-beneficio. 

Fiscalía y Procuraduría recibirán traslado de lo hallado, en lo de sus respectivas competencias: penal y disciplinaria.

Bogotá, 13 de noviembre de 2020.- La Contraloría General de la República determinó un hallazgo administrativo con posible incidencia disciplinaria y penal, así como fiscal, en cuantía de más de $113 millones de pesos, por las presuntas irregularidades que se dieron en la celebración del contrato de arrendamiento de la nueva sede del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

En una actuación que realizó al atender una denuncia sobre el tema, específicamente sobre la celebración del contrato 087 de 2020 suscrito por el ICA con la empresa FAMOC, el organismo de control detectó un posible favorecimiento a terceros, gestión antieconómica y desconocimiento de los principios de economía, transparencia y selección objetiva, por falta de un estudio de mercado que garantizará estos aspectos.

Según la Contraloría, el ICA sustentó la celebración de este contrato con un documento denominado estudios y documentos previos, donde no se encuentran los elementos técnicos y jurídicos, que soporten la decisión de cambio de la sede de la entidad.

Tal situación evidencia el incumplimiento de lo preceptuado en varias normas legales (Literal i, numeral 4° artículo 2° de la Ley 1150 de 2007; artículos 82 y 83 del Decreto 1510 de 2013; y el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015).

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