En el meta, estudiantes a clase desde el 8 de Febrero.

Según la resolución 047 del 2021, procedente de la secretaria de educación departamental del meta, para las instituciones no certificas en el meta estas entre otras sería las bitácoras a seguir en el año lectivo 2021. 

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución N°2347 del 04 de noviembre de 2020 por medio de la cual se modificó la Resolución N°2320 de 2020 que estableció el Calendario Académico General para el año lectivo 2021, en las instituciones y centros educativos oficiales de educación formal, ubicados en los municipios no certificados a cargo del Departamento del Meta, el cual quedará así:

«Artículo Primero. PERÍODOS SEMESTRALES. De acuerdo con lo descrito en la directiva 18 de 2020, las secretarías de educación podrán convertir hasta una (1) semana de trabajo académico con estudiantes en semana de desarrollo institucional, adicional a las cinco (5) semanas establecidas en el artículo 2.4.3.4.1 del Decreto 1075 de 2015, para ser realizada antes del 28 de febrero de 2021. En estos casos, las semanas de desarrollo institucional planeadas antes de iniciar el año lectivo deben priorizar la organización de jornadas, Horarios y grupos a atender en los encuentros presenciales, así como la atención pedagógica en casa, estafe, ando las estrategias pedagógicas a utilizar de acuerdo con la flexibilización curricular requerida y establecer los mecanismos de gestión intersectorial a través de los comités de alternancia institucionales y municipales.

Las treinta y nueve (39) semanas de trabajo académico con estudiantes se distribuirán por

Periodos dentro de cada semestre del año lectivo 2021 de acuerdo a las siguientes fechas:

PERÍODOS ACADEMICOS SEMESTRALES. 08 de febrero de 2021 al 28 de Marzo de 2021 Siete (7) semanas- 05 de Abril de 2021 al 27 de Junio de 2021 Doce (12) semanas – 12 de Julio de 2021 al  10 de Octubre de 2021 Trece (13) semanas; 18 de Octubre de 2021  al 5 de Diciembre de 2021 Siete (7) semanas TOTAL Treinta y nueve (39) Semanas.

 VACACIONES DE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES. En cumplimiento de las normas vigentes, los periodos para el disfrute de las siete (7) semanas de vacaciones a que tienen derecho los directivos docentes y los docentes serán las comprendidas dentro de las siguientes fechas:

Del 11 de enero al 17 de enero de 2021- 1 semana Del 28 de junio al 11 de julio de 2021- 2 semanas Del 13 de diciembre de 2021 al 9 de enero de 2022 -4 semanas TOTAL 7 semanas.

Recodemos que la federación de educadores de Colombia, Fecode, dijo a los medios que no habrá clases presenciales o con la llamada alternancia.

De otra parte www.elconuco.com.co, conoció que la secretaria de educación del meta, dejó en manos de los consejos directivos de las instituciones educativas del meta, para que sean ellos quienes determinen si se podrán realizar actividades de formación o educación, virtuales o de alternancia.

Este medio de comunicación conoció extraoficialmente que se tomará la  determinación a partir del 8 de febrero fecha en que se deben iniciar las clases,  que estas serán virtuales, hasta tanto no se haya normalizado el tema de la pandemia.

EL CONUCO ACACÍAS
Síntesis de un compendio de información, cultural y noticiosa. Alternativa en radio, solo para personas de buen gusto 'Como usted'. Una señal virtual emanada desde el corazón de la llanura colombiana.