Contraloría General y la inconclusa plaza de mercado de Acacías Meta.

Una de las actuaciones más relevantes de la Contraloría General de la República en esta región del país tiene que ver con la inconclusa Plaza de Mercado del municipio de Acacías, donde se investiga un presunto detrimento patrimonial por $12.423 millones

Los otros 4 procesos de responsabilidad fiscal emblemáticos, afectan a la Agencia para la Infraestructura del Meta, Ecopetrol, la Empresa de Servicios Públicos del Meta -EDESA y el municipio de Puerto Gaitán.

Cinco procesos de responsabilidad fiscal emblemáticos, por una cuantía que suma alrededor de $45.288 millones de pesos, adelanta la Contraloría General de la República en el departamento del Meta, de acuerdo al balance del primer año de gestión del Contralor General de la República, Carlos Felipe Córdoba, entregado hoy en una Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, que tuvo lugar en la sede de la gerencia departamental de esta entidad.

El proceso de mayor cuantía (por $12.423 millones) tiene que ver con la ejecución de un contrato cuyo objetivo era diseñar y construir la Plaza de Mercado del Municipio de Acacías, obra que no se encuentra en funcionamiento ni al servicio de la comunidad. A este proceso están vinculados, como presuntos responsables, entre otros, el actual alcalde y uno de sus antecesores (que ejerció este cargo en el período 2012-2015).

Casos emblemáticos de procesos de responsabilidad fiscal adelantados por la Gerencia Departamental de la Contraloría General de la República en el departamento del Meta

Caso 1.  Sujeto de control: Regalías Departamento del Meta – AIM, Contrato 307 del 30 de octubre de 2009, Diseño y construcción de la Plaza de Mercado del Municipio de Acacias en el Departamento del Meta.

Tipo de proceso:  Proceso de Responsabilidad Fiscal Ordinario.

Entidad afectada: AGENCIA PARA LA INFRAESTRUCTURA DEL META – AIM antes INSTITUTO DE DESARROLLO DEL META — IDM.

Hechos: Como resultado de la actuación fiscal 166 AIM Contrato 307 del 30/10/2009, se determinó que su gestión no estuvo acorde con los principios rectores de la función pública y se generó Hallazgo Fiscal que ascienden a la suma de $12.423 millones.

Este alcance fiscal se originó en la actuación especial N°166-2016 realizada a la Agencia de Infraestructura del Meta, donde se configuró hallazgo fiscal por presunto detrimento al patrimonio público, debido a que la obra ejecutada en virtud del Contrato 307 del 30 de octubre del 2009, cuyo objeto consistió en «el diseño y construcción de la Plaza de Mercado del Municipio de Acacias, en el Departamento del Meta», no se encuentra en funcionamiento, ni al servicio de la comunidad incumpliendo los fines para los cuales se realizó la inversión de los recursos de regalías, viéndose afectada su infraestructura por el abandono y carencia de mantenimiento.

Como Presuntos responsables aparecen: Representante Legal Consorcio Plaza Maloka, Gerente del Instituto de Desarrollo del Meta, hoy Agencia de Infraestructura del Meta (para la época de los hechos,), Alcalde del Municipio de Acacías (Periodo 2012-2015), Secretario de Infraestructura Municipio de Acacías, Meta, alcalde del Municipio de Acacías (Periodo 2016-2019) y Compañía Aseguradora De Fianzas Confianza.

Caso 2.  Sujeto de control: Regalías Departamento del Meta – AIM, Contrato 089 de 2011, «Mejoramiento de la vía que conduce de San Carlos de Guaroa (K0+000) al Alto Pompeya — cruce ruta 40 (K56+500), municipio de San Carlos de Guaroa y Villavicencio — Departamento del Meta

Tipo de proceso: Proceso de Responsabilidad Fiscal Ordinario

Entidad afectada: AGENCIA PARA LA INFRAESTRUCTURA DEL META  AIM.

Hechos: Como resultado de la actuación fiscal Actuación especial 331/2017 Gobernación del Meta- Contrato 089 del 2011, se determinó que su gestión no estuvo acorde con los principios rectores de la función pública y se generó Hallazgo Fiscal que ascienden a la suma de $9.610 millones.

Este alcance fiscal se originó debido a que de acuerdo a las condiciones reconocidas contractualmente, se deduce que cada metro cúbico proveniente de excavación en promedio sufrió un transporte de 13.82 Km, es decir tuvo que ser transportado en longitud aproximadamente un 25% del total del abscisado de la vía intervenida, situación totalmente irregular, si se tiene en cuenta que la mayor parte del material de excavación corresponde a material de préstamo, es decir, es material que se toma de los lados de la vía para que sea depositado sobre el eje de la misma para aumentar el nivel del terraplén y rasante. Si bien se hace explanación y se excavan canales como se establece en el ítem 2.1 y es posible igualmente que sobre material de la excavación de préstamo al hacer clasificación de este material — ítem 2.2, es claro que la mayor parte (419.441 metros cúbicos) se empleó para construcción de terraplenes. No es concordante que el material sobrante haya sido transportado en promedio 38.23 Km, máxime cuando este material puede ser dispuesto en zonas que dentro del proceso de permisos se puede proyectar su disposición en cercanía al eje vial.

Por lo anteriormente expuesto, no se encuentra justificación técnica que haya dado lugar al reconocimiento contractual de $ 9.610 millones, por la ejecución del ítem 3.1 »transporte de material proveniente de excavaciones y derrumbes – transporte de materiales provenientes de la excavación de la explanación, canales y préstamos para distancias mayores a mil metros (1000 m)».

Como Presuntos responsables aparecen: Gerente de A.I.M., Consorcio Murmey, Murcia Murcia S.A, Meyan S.A., Consultores Ingenieros Y Arquitectos Ltda. — Coinar Ltda., Liberty Seguros S.A.

Caso 3.  Sujeto de control: Empresa Colombiana de Petróleos Ecopetrol Convenio de colaboración No.5213357

Tipo de proceso:  Proceso de Responsabilidad Fiscal Ordinario

Entidad afectada: Empresa Colombiana de Petróleos ECOPETROL

Hechos: Como resultado de la actuación fiscal Convenio de colaboración No.5.213.357 de 2014, se determinó que su gestión no estuvo acorde con los principios rectores de la función pública y se generó Hallazgo Fiscal que ascienden a la suma de $8.423 millones. Este alcance fiscal se originó debido a que una vez probado el incumplimiento por parte del ejecutor, es cuando se concluye que de un total de girado de $10.069.958.107,00, solo se reconocen como ejecutados y validados un 16% que equivale a $1.646.079.038,00 quedando un saldo por reintegrar en cabeza de la Corporación Red País Rural, en cuantía de ($8.423.879.069,00) recursos que el mismo ejecutor con la firma del acto de liquidación contractual, se comprometió a reintegrar dentro de los diez (10) días siguiente a favor de «Ecopetrol S.A.» y que a la fecha constituyen un faltante de fondos públicos, lo cual traduce un presunto detrimento patrimonial en la misma cuantía.

Como Presuntos responsables aparecen: funcionario jefe de consumibles, facultado por el contratante ECOPETROL S.A., para suscribir el convenio No. 5213357 del 2014, con calidades de ordenadora del gasto, «Corporación Red País Rural», funcionario líder del Grupo regalías-Gestión Social Meta y Vichada, con facultades de Administrador del convenio por el contratante, profesional II, con facultades de Administradora del convenio por el contratante, funcionario Gestora técnica, integrante del comité de seguimiento a convenios de ECOPETROL S.A, con facultades de interventoría y funcionario profesional de Presupuesto III, integrante del comité convenios de Ecopetrol S.A, con facultades de seguimiento y control de convenios.

Caso 4. Sujeto de control: Empresa de Servicios Públicos del Meta “EDESA S.A E.P.S.  “PTAR”  del centro urbano y de la Vereda Remolinos del Municipio de Puerto López – Meta.

Tipo de proceso: Proceso de Responsabilidad Fiscal Ordinario

Entidad afectada: Empresa de Servicios Públicos del Meta “EDESA S.A. E.S.P.

Hechos: Como resultado de la actuación fiscal se determinó que su gestión no estuvo acorde con los principios rectores de la función pública y se generó Hallazgo Fiscal que ascienden a la suma de $7.037 millones.

Este alcance fiscal se originó debido a que con el propósito de poner en funcionamiento las Plantas Tratamiento Aguas Residuales “PTAR” del centro urbano y de la Vereda Remolinos del Municipio de Puerto López – Meta, la Empresa Departamental de Servicios Públicos del Meta “EDESA S.A. E.S.P.”, suscribió y ejecutó los siguientes contratos de obras: Contrato No. 547 del 17 de diciembre de 2010, Cuyo objeto consistía en la Construcción de la Red de acueducto y Planta depuradora de Aguas Residuales para la Vereda de remolinos y alcantarillado Sanitario en el sector de la sabana de la vereda remolinos del municipio de puerto López Meta, por cuantía Total de $1.187.067.113,00. Contrato No. 656 del 30 de diciembre de 2010, cuyo objeto es la construcción de obras civiles Planta depuradora aguas residuales del Municipio de Puerto López Meta, por valor de $2.998.307.550,00. Contrato No. 474 de 2011, se contrata la Construcción de obras  arquitectónicas para la Planta de Tratamiento Aguas  Residuales “PTAR” Municipio de Puerto López (se incluye la  Instalación de  Redes  Eléctricas) por  valor de $ $999.820.295,oo y el otro Contrato No.180 del 23 de abril de 2012, relacionado con obras complementarias Planta de Tratamiento de  Aguas Residuales (PTAR) de  Puerto López, por  valor de $1.852.431.795,oo, en el cual también se estipulaba la instalación de redes eléctricas internas y de la misma caseta de operación.

Contratación de  obras civiles ejecutadas con miras a poner en funcionamiento las  “PTAR” del centro urbano y de la Vereda Remolinos del Municipio de Puerto López, inversión que ascienden a Cuantía total de $7.037.826.753,oo, sin que a la fecha se logre evidenciar la utilización correcta de obras y la puesta en Funcionamiento de las “PTAR”, lo que presume un detrimento Patrimonial en cuantía de Siete  mil Treinta y Siete Millones, Ochocientos veintiséis Mil, Setecientos Cincuenta y Tres ($7.037.826.753,oo) pesos Cmte.

Como Presuntos responsables aparecen: Gerente EDESA 2013-2014., Gerente EDESA  2014 – 2016., U.T. Construcción Obras Civiles PTAR Puerto López 2010, U.T. Remolinos, U.T. ALPE Interventor Cto.565 /2010 y Cto.474 / 2011, Interventor Cto.547/2010, Interventor Cto.565/2010 y Cto.180/2012, Aseguradora Solidaria de Colombia y Seguros Generales Suramericana, Aseguradora de Fianzas Confianza.

Caso 5. Sujeto de control: Municipio de Puerto Gaitán.

Tipo de proceso: Proceso de Responsabilidad Fiscal Ordinario

Entidad afectada: Municipio de Puerto Gaitán.

Hechos: Como resultado de la actuación fiscal se determinó que su gestión no estuvo acorde con los principios rectores de la función pública y se generó Hallazgo Fiscal que ascienden a la suma de $7.795 millones.

Este alcance fiscal se originó debido a que el municipio de Puerto Gaitán celebra tres contratos de obra e interventoría con el fin de realizar la remodelación, adecuación y mejoramiento del edificio del alcalde de Puerto Gaitán. En desarrollo de la auditoria el grupo auditor valida como daño fiscal la totalidad del valor de los seis (6) contratos por considerar que se Incumple el principio de planeación.

Como Presuntos responsables aparecen: alcalde del Municipio de Puerto Gaitán, Secretaria de Planeación, Secretario de Gobierno Ordenador del Gasto delegado, Unión Temporal Gaitán Fase I, Consorcio R&M CEGG, Unión Temporal Palacio Municipal Fase II, Consorcio Paraíso Natural, Unión Temporal Centro Administrativo De Servicios CAS, Consorcio Fase III, Compañía Aseguradora De Fianzas S A Confianza, Seguros Cóndor SA En Liquidación, Liberty Seguros, Seguros Generales Suramericana S A., Seguros Del Estado S A.

EL CONUCO ACACÍAS
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